¿Qué beneficios nos ofrece el nuevo BOE 18/2022?

[vc_row][vc_column][vc_column_text]

¿Qué beneficios nos ofrece el nuevo BOE 18/2022?

A continuación puedes conocer los aspectos más destacados de la nueva legislación.

El BOE 18/2022, aprobado el 18 de octubre, regula y promueve diferentes aspectos relacionados con la eficiencia energética y el autoconsumo, influenciado principalmente por la guerra de Ucrania y la necesidad de reducir la dependencia energética del país, como está ocurriendo en otras regiones europeas.

Nuestro Solar Product Manager, José Luis Olivas, destaca los siguientes puntos:

– Del Real Decreto 244/2019, aumenta la consideración de instalaciones de producción «próximas a las de consumo a través de la red», ampliándola de 500m a 1000m. Se trata de instalaciones de autoconsumo que se encuentran a una distancia considerable de la zona de consumo y que tienen que utilizar la red de distribución y transporte para su autoconsumo. Esto también tiene su beneficio no sólo en el autoconsumo individual y colectivo, sino también en las comunidades energéticas.

– De la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, se modifica para ampliar a 500kW las instalaciones de generación que no necesitan solicitar autorizaciones administrativas previas para iniciar la construcción del proyecto, facilitando y agilizando la tramitación y permisos para proyectos de mediano – gran tamaño de carácter industrial.

– Permite el uso temporal de la capacidad reservada en los nudos de conexión. Para instalaciones que estén en funcionamiento y estén a la espera del permiso de conexión de la distribuidora, podrán solicitar la conexión temporal utilizando la capacidad de reserva.

– Medidas fiscales para fomentar el autoconsumo:

  • Deducción del IRPF para particulares: a partir del 01/01/2023, se podrán deducir diferentes porcentajes (hasta el 40%) de las inversiones dedicadas a la reducción de la demanda de energía primaria y a la mejora de la certificación energética de los edificios. Las instalaciones fotovoltaicas contribuyen a la reducción de la demanda primaria, por lo que será necesario que un técnico certifique esta mejora de la eficiencia y emita el correspondiente certificado energético para poder acogerse a estos beneficios fiscales.
  • Amortización de las inversiones con paneles solares en el Impuesto de Sociedades.
[dt_gap height=»50″ /]

0 comentarios